Escriben Silvia Allocati y Leo Torres
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El proyecto de Milei pretende modificar la ley Nacional de Salud mental. De lograr su objetivo, se pondrán en riesgo las libertades individuales de las personas ante la presunción de una problemática de salud mental o de adicciones. La reforma producirá un significativo retroceso en materia de derechos humanos, al quedar las personas con padecimientos mentales y adicciones sujetas a la arbitrariedad de un juez que podrá ordenar la internación involuntaria, sin que exista riesgo cierto e inminente, sin que la persona sea evaluada por un equipo interdisciplinario y sólo acudiendo a su “convicción”.
También, reduce las incumbencias de los equipos interdisciplinarios, limitando su intervención, al darle al abogado defensor la posibilidad de negarse a la externación, aunque haya desaparecido el riesgo cierto e inminente y desconociendo la opinión del equipo tratante.
Otra limitación que pueden sufrir los trabajadores de la salud mental es la reducción de los equipos interdisciplinarios ya que, de aprobarse este proyecto, sólo será necesaria la firma de un psiquiatra o psicólogo. Además, coloca a la persona frente a la posibilidad de violación de su libertad ante un error personal profesional o institucional.
Párrafo aparte merece la conformación del organismo de contralor de las políticas en Salud Mental, cuya conformación sería modificada y quedaría desdibujado su funcionamiento. Esto debido a que no sólo no la integrarán ni familiares, ni usuarios, ni mucho menos organizaciones profesionales de salud mental, sino que además ni siquiera será necesaria la intervención del Estado.
Por otro lado, este proyecto sienta sus bases en la lógica manicomial (segregación social) de las instituciones totales como Hospitales Psiquiátricos y Comunidades terapéuticas, lugares donde se moldean cuerpos y almas.
Quienes elaboraron el mismo muestra una ignorancia absoluta en la materia, ya que en su texto desconocen los tratados y acuerdos internacionales que el Estado Argentino asumió ante los diferentes organismos internacionales de los que forma parte y, por lo tanto, está obligado a cumplir.
La ley de salud Mental 26657 produjo un verdadero cambio de paradigma, pasando del modelo hospitalocéntrico a un modelo de atención primaria en salud interdisciplinaria e intersectorial y desde una perspectiva de DDHH. Cabe destacar, sin embargo, que los gobiernos anteriores, por la vía de la desfinanciación sistemática de las políticas en salud mental, nunca llevaron adelante la implementación plena de la ley actual, dejando un terreno fértil para todo tipo de modificaciones y resultando funcionales al ataque del gobierno libertario.
Todas las modificaciones reaccionarias en el campo de la salud mental están en sintonía y son un eslabón más en la cadena de ataques de conjunto y generalizados que el gobierno de Milei libra contra la salud pública, las libertades democráticas y la clase trabajadora.
Los trabajadores de la salud mental tenemos hoy un rol histórico: debemos poner en pie asambleas de trabajadores, familiares y usuarios de todos los servicios de la salud mental, no sólo para debatir las implicancias de la reforma reaccionaria, sino para resolver cómo la enfrentamos.