La Corte Suprema vuelve a beneficiar con el 2x1 a los genocidas

Escribe Jacyn

Impulsemos una gran movilización nacional.

Tiempo de lectura: 4 minutos

En un fallo redactado por Horacio Rossatti y Carlos Rosenkrantz y adoptado por mayoría con el concurso de dos conjueces -Ricardo Lorenzetti votó en disidencia- anuló la prisión preventiva dictada en una de las causas que se siguen contra el represor Carlos “Indio” Castillo. En su resolución, los cortesanos reclaman a los tribunales inferiores “una jsutificación minuciosa” para adoptar este tipo de medida. Es probable que esto precipite una andanada de pedidos de genocidas en el mismo sentido. Según datos del Servicio Penitenciario Federal, en este momento hay 36 represores cumpliendo prisión preventiva.

Rossatti y Rozenkrantz fueron los autores en 2017, durante el gobierno de Mauricio Macri, del fallo que extendía a los genocidas el beneficio llamado 2x1, que ordena computar doble los días transcurridos en prisión preventiva y disponía sus excarcelaciones. La ley 24.390 fue reformada en 2001 y ese beneficio fue derogado. Los cortesanos aplicaron el llamado principio de la ´ley más benigna´ en el fuero penal, que implica aplicar al reo la norma más beneficiosa vigente al momento de su detención. Una movilización multtitudinaria, cercana al millón de personas, forzó al Congreso a improvisar una ley ad hoc para exceptuar su aplicación en los casos de delitos de lesa humanidad. Ahora, Rossatti y Rosenkrantz vuelven a la carga, apelando esta vez a otro aspecto de la misma ley 24.390, que establece que una persona no puede estar detenida en prisión preventiva -es decir, sin condena firme- por más de dos años, prorrogable por única vez por un año más. En el caso del “Indio” Castillo, participó de la Concentración Nacional Universitaria, una de las bandas fascistas que operaban junto a la Triple A. Más tarde se integraría a los ´grupos de tareas´ de la dictadura y seguiría ´activo´ en democracia, participando de secuestros extorsivos y venta ilegal de armas de guerra. Estuvo vinculado al peronismo -revistió como asesor de diputados del PJ- y al MODIN y los carapintadas. Fue detenido en 2013 y condenado en 2017 a prisión perpetua por los crímenes de la CNU. Esa condena fue ratificada por la Cámara de Casación pero no por la Corte Suprema, que ahora considera ´excesiva´ la extensión de su detención. Castillo todavía debe afrontar nuevos juicios pendientes, a cincuenta años de los hechos.

Con este fallo, por otro lado, la Corte hace una ´relectura´ de su propia jurisprudencia. En 2012, a raíz de un pedido de la defensa del “Tigre” Acosta, la Corte había dicho que no solo debía ponderarse en casos de lesa humanidad si había capacidad de fuga o de entorpecer la investigación, como se aplica en el caso del delito común, sino que en el caso de los represores, había que prestar atención a otros factores, como la complejidad del caso y, sobre todo, la capacidad de obstaculizar el proceso a partir de sus contactos e influencia en el aparato represivo. “Cuando un tribunal considere que un imputado por delitos de lesa humanidad conserva influencia para frustrar el accionar de la justicia, sea a través de encubridores o partícipes desconocidos que formaron parte del aparato mediante el cual se cometieron esos delitos –tal como se dijo en ‘Acosta’– o de cualquier otro modo, deben señalarse las circunstancias concretas a través de las cuales, según un juicio racional de probabilidad, dicha influencia podría materializarse”, exige ahora la Corte. Pero como se señaló más arriba, Castillo mantuvo vínculos notorios con el poder político y los militares más allá de la dictadura. Por otro lado, basta recordar el envenenamiento del torturador de la ESMA Héctor Febres, en 2007, cuando se encontraba bajo custodia de Prefectura; o la segunda desaparición de Jorge Julio López, en 2006, luego de declarar en el juicio contra Miguel Etchecolatz. Las precisiones que ahora exige son una excusa. El primer responsable por las condenas sin sentencia definitiva sobre los crímenes de la dictadura es la misma Corte Suprema. Por citar un caso, mantiene desde hace años sin resolver las causas que involucran a Jaime Smart, ministro de Gobierno de la provincia de Buenos Aires durante la dictadura, condenado por primera vez en 2012.

“El legítimo interés general del Estado en reprimir el delito no puede ser esgrimido como pretexto para anular las garantías de los imputados ni para justificar la imposición de un adelantamiento de la pena a extramuros de la Constitución Nacional”, escribieron en un súbito arranque de ´garantismo´.

Los abogados de los represores consideraron a este fallo “un punto de inflexión en el tratamiento de la prisión preventiva” (Página/12, 24/10). La Corte soslaya otro hecho, que no es menor, que es que en el 99 % de los casos los detenidos están acusados de delitos que continúan, como la desaparición forzada de personas o la sustracción de la identidad de los chicos apropiados por los represores.

En pocos meses se cumplirá medio siglo desde el golpe de Videla, Massera y Viola y los crímenes de la dictadura siguen impunes. Los mezquinos resultados del Juicio a las Juntas -con sus absoluciones y penas acotadas y recortadas-, seguidas de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final y los indultos de Menem, los jucios a los militares se reabrieron en 2006 bajo una intensa presión internacional. Desde entonces -hace casi 30 años- vienen realizándose a cuentagotas. Una abogada de derechos humanos de La Plata relata que los jueces “nos conceden audiencias de apenas dos horas semanales o incluso quincenales, lo que implica juicios interminables y esperas eternas para la fijación de fechas, es la situación mayoritaria que enfrentamos” (ídem).

Este fallo reaccionario ha sido dictado a la medida del gobierno de la ultraderecha, poblado de videlistas, cuando busca ´atraer´ a los militares a su proyecto político. Muchos análisis señalan el deterioro de ese vínculo, luego del fiasco del rearme, los bajos salarios y el derrumbe de la obra social. Por otro lado, la Corte viene produciendo a repetición fallos convenientes para el gobierno, como los que ha dictado en materia laboral o al ratificar la condena a Cristina Fernández con premura, para asegurar su exclusión de la competencia electoral. Este nuevo 2x1 tiene lugar además en vísperas del previsible avance del ala fascista de los ´libertarios´ sobre el gabinete, en medio del derrumbre político y económico del gobierno; y, finalmente, de la reapertura de las negociaciones para nombrar jueces, incluso en la propia Corte.

Impulsemos una gran movilización nacional para derrotar esta nueva tentativa de impunidad.

Revista EDM