Tiempo de lectura: 2 minutos
El gobernador Pullaro, en estos últimos días, ha enviado a la Legislatura un paquete de reformas que involucran temas de seguridad pública, garantías constitucionales y de organización del sistema penal. En las 19 páginas en que desarrolla la exposición de motivos y la propuesta de modificaciones a un total de 11 normas vigentes, se da cuenta de una regresión en términos de derechos democráticos y garantías constitucionales. Todo esto bajo el manto de redoblar la lucha contra el crimen organizado y el narcotráfico.
En este sentido, se plantean prácticas que no tienen nada que envidiarle a las apretadas y vejámenes propios de la dictadura para torcer la voluntad de los detenidos políticos. Una de ellas es la reincorporación de la “declaración informativa” que puede serle exigida a cualquier persona que a los primeros momentos de la investigación no se pueda dilucidar si es sospechosa de ser autor de un delito o simplemente un testigo. Pero la misma podrá ser exigida sin asistencia de un abogado defensor, lo cual es un retroceso enorme para los derechos civiles. La prepotencia policial se refuerza para acceder a declaraciones bajo violencia contrariando todos los pactos internacionales de derechos humanos.
Otra de los puntos es la incorporación del juicio en rebeldía. Esto implicaría avanzar en una condena contra una persona de la cual se desconoce su paradero, afectando irremediablemente su derecho a defenderse. Para Pullaro, que un acusado no esté presente no es excusa para que no pueda ser sentenciado penalmente. Bastará con notificarlo en su domicilio. En idéntica sintonía se inaugura un monstruo jurídico llamado decreto penal: en casos de “prueba objetiva indubitable” el fiscal puede acusar y condenar en un mismo acto, siempre que sean penas menores de 3 años o contravenciones. Algo así como “te condeno y después te defendés”.
Si esto no fuese poco, la reforma plantea una serie de flexibilidades sobre la clásica regla de la exclusión probatoria. ¿Qué significa esto? Que el estado no puede hacerse de prueba o evidencia obtenida de manera ilícita o irregular. No puede descargarse toda la prepotencia del aparato contra una persona y valerse de mecanismos ilegales para coartar su libertad. Por lo tanto, aquella que sea obtenida de tal manera, es de nulidad absoluta. Pullaro critica esto y sugiere que el fin justifica los medios: cuando el “agente” que la recolecte lo haga “de buena fe”, a pesar de ser ilícita o irregular, puede utilizarse en contra del imputado; o cuando la gravedad del delito justifique esta violación, entre otros incisos igual de inconstitucionales.
Prosiguiendo, se envalentona a la fiscalía a ejecutar allanamientos sin orden judicial; a intervenir comunicaciones de todo tipo si la “premura” de la investigación así lo exija y a la consagración del “ciberpatrullaje” para obtener información de las redes de eventuales implicados.
Como frutilla de este postre totalmente regresivo, se pretende la configuración de “mini estados de sitio” en sectores de supuesta alta criminalidad. El mismo permitiría extender las facultades policiales permitiendo, por ejemplo, detenciones arbitrarias de hasta 48hs.
Rechazamos todo este ataque a las libertades democráticas y las garantías básicas de cualquier persona. Nada de esto tendría asidero sin la reforma constitucional que el año pasado votaron oficialistas y opositores. Su carácter reaccionario comienza a tener una forma concreta.
