Un fallo punitivista contra Cesar Arakaki

Escribe Agustín Fernández

Violenta el mismo Código Penal.

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Este 26 de diciembre se conoció la resolución de Casación Penal sobre el fallo que había condenado a Cesar Arakaki a la pena de 3 años y 4 meses por los hechos sucedidos en el marco de la reforma previsional bajo el gobierno macrista. En dicha sentencia se le impuso la autoría de los delitos de lesiones leves agravadas, atentado a la autoridad, entre otras figuras penales. No está de más recordar que estos sucesos tuvieron el contexto de la represión en el Congreso, ante el desfalco que estaban votando contra los jubilados y la movilización que llegó a las puertas del mismo exigiendo su indeclinable rechazo.

La sentencia fue apelada y, luego de las audiencias correspondientes, fue comunicado su resultado este 26 de diciembre. En el fallo, firmado por la Sala 1, se hacen toda una serie de afirmaciones contra el luchador que son necesarias traer a colación. En primer lugar, solamente admiten parcialmente el recurso de la defensa, en lo que entienden que el delito de atentado contra la autoridad se encuentra prescripto. Por ello, los jueces que entendieron en este asunto votaron en consonancia con el agravio expresado y redujeron la sentencia de 3 años y 4 meses a 3 años.

Ahora bien, el punto no fue el mismo en la modalidad del cumplimiento de la sanción. Nuestro código penal tiene como regla que aquellas condenas que sean menores de 3 años puedan ser dejadas en suspenso o cumplidas bajo modalidad de la libertad ambulatoria. En el fallo de casación, no obstante haber reducido la pena, la misma han decidido de manera mayoritaria que sea de cumplimiento efectivo. Es decir, que deba transitarse en la cárcel. Hasta para el juez más punitivista esto generaría ruido, ya que justamente la opinión de que el encarcelamiento no funciona a los fines de ningún tipo de resocialización es común a todos ellos.

Estos jueces afirman que el cumplimiento en el marco de la privación de su libertad “será positiva” ya que toma en cuenta los aspectos personales del condenado: un trabajador, con familia, arraigo y una vida por delante. Todas estas circunstancias, para la mayoría de este tribunal, no son positivas para ponderar la sanción, sino que, de lo contrario, demuestran que Cesar Arakaki pudo haber decidido en el momento de la represión en el Congreso haberse abstenido de su conducta. Textualmente: “…tendría una repercusión positiva en César Javier Arakaki, especialmente en lo concerniente a la internalización del valor del respeto que debe guardarse a las autoridades públicas, incluidas las encargadas de las fuerzas de seguridad…”

Este fallo tiene un contenido aleccionador insoslayable. En un marco de una crisis profunda del actual gobierno nacional, donde el gran temor del poder político y la burguesía es justamente hasta dónde se puede avanzar aplicando el torniquete de un ajuste brutal e histórico a las condiciones de vida de los trabajadores. En un pasaje muy concreto del fallo, se manifiesta lo siguiente: “…con una actitud de desprecio a las instituciones democráticas, la que generó un punto de quiebre, impactando de manera nociva en la regular marcha del gobierno de ese entonces…”. Es decir que, para la mayoría de los jueces que entendieron en este caso, el accionar de Arakaki repercutió negativamente en el gobierno de Macri, al punto de haberlo puesto en la crisis que luego tuvo que surfear hasta el final del mandato. Omite que las verdaderas razones del desfalco macrista vinieron de la mano de la corrida cambiaria, la propia reforma previsional, los ajustes contra el pueblo trabajador e innumerables políticas antiobreras.

Repudiamos enérgicamente este fallo que sólo busca golpear a la movilización popular en un cuadro de crisis histórica. Cesar Arakaki debe ser absuelto por todas las imputaciones que se le hacen en su contra.

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Arakaki y Ruiz: una sentencia contra el derecho a luchar Por Valentina Viglieca, 05/11/2023.

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