Escribe Juan Ferro
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El mismo día que el gobierno nacional anunciaba que los contagios de Covid se habían disparado a 45.000 casos diarios, una resolución del Ministerio de Trabajo disponía que, a partir del 1 de enero, las ART dejarán de cubrir el Covid como una enfermedad laboral para la mayor parte de los trabajadores, en especial de la salud. Hasta fin de año se consideraba al Covid “una enfermedad de carácter profesional no listada para los trabajadores/as incluidos en la ley 24.557 (De Prevención de los Riesgos del Trabajo)". Esto significaba que los trabajadores -y los familiares derecho-habientes en el caso de fallecimiento- recibían la cobertura bajo el supuesto de que era una enfermedad laboral. Las ART habían aceptado esa cobertura, con enormes reservas, casi un año después de comenzada la pandemia. Ahora, con la tesis de la "pos pandemia", el gobierno restringe ese derecho solamente a quienes se desempeñan en el sector salud y a las fuerzas de seguridad federales y provinciales que cumplan servicio efectivo.
En adelante, el trabajador contagiado por Covid, deberá tramitar el reconocimiento del contagio como "enfermedad profesional" ante las Comisiones Médicas y demostrar que existe una relación causal directa entre el trabajo y el coronavirus, y que existe un número relevante de infectados por el Covid-19 en su lugar de trabajo (dato al que, seguramente, no puede acceder).
En los casos en que el trabajador combine el teletrabajo con la presencialidad laboral, deberá demostrar que en los días previos al resultado positivo del Covid trabajó en forma presencial, para que las ART estudien “caso por caso”. En resumen, la resolución levanta obstáculos insuperables al trabajador, que deberá demostrar que se contagió en su propio trabajo. De este modo, deslinda a las ART de resarcimientos económicos al trabajador o su familia afectados por el Covid.
La resolución tiene asimismo implicancias económicas colaterales. En muchos establecimientos los afectados por el Covid percibían premios al presentismo (que implican una parte importante de los sueldos de los trabajadores/as) para incentivar su asistencia. Con esta resolución, muchas empresas han anunciado la pérdida de este derecho. Además de costearse la atención de salud por el contagio, pierde una prima sobre el salario.
Bajo el sistema de las ART el trabajador tiene autorizado el camino de la Justicia, solamente en el caso de que discrepe con la indemnización que se establezca de acuerdo a las Comisiones Médicas. Un fallo de la Corte Suprema de la Nación le otorga a las Comisiones Médicas el poder de decidir el monto del resarcimiento que se debe pagar al trabajador por un accidente o una enfermedad profesional. Las patronales quedan desligadas de la responsabilidad que les cabe acerca de las causas materiales de los hechos. Las várices, la lumbalgia y la tendinitis, tres enfermedades laborales generalizadas, han sido excluidas del derecho al resarcimiento correspondiente. Ahora, también el Covid. Para los "científicos" del Ministerio de Trabajo el Covid se contrae solamente en el hogar.
Las ART han estado constitucionalmente cuestionadas desde su nacimiento. Entre 2012 y 2021, sin embargo, se han creado cuatro leyes específicas que afectan la reparación de daños de salud, accidente o fallecimiento.
Es significativo que la abolición de este derecho a la salud y a la vida, ocurra cuando la ola de contagios bate récords. En numerosos países, la deserción laboral ha obligado al parate total de la producción. La resolución criminal que denunciamos es otra ofrenda al FMI, para que acepte alargar los plazos de pago de la deuda usuraria que impuso con el gobierno macrista.
“Todo patrón que tenga a su cargo la realización de trabajos -establecía la ley de accidentes de trabajo de Alfredo Palacios, que rigió desde 1916 hasta el menemismo- será responsable de los accidentes ocurridos a sus empleados y obreros durante el tiempo de la prestación de los servicios, ya con motivo y en ejercicio de la ocupación en que se les emplea, o por caso fortuito o por fuerza mayor inherente al trabajo”. La "modernización" de las leyes laborales que reclaman los alcahuetes del capital significa la liquidación de leyes muy avanzadas
Hay que terminar con las ART. Las mismas constituyen una masacre laboral. Es un punto esencial en la plataforma de cualquier corriente sindical combativa y clasista.