Escribe Pablo Busch
El proyecto de “jornada laboral alternativa” de Martín Tetaz.
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En los últimos días entró en el debate nacional un proyecto de ley de reforma del régimen de jornada presentado por el diputado de la UCR, Martín Tetaz. Desde algunos medios de comunicación se indicó que el gobierno de Milei acompañaría el proyecto, llamado Jornada Laboral Alternativa o “Jola”.
¿En qué consiste el Proyecto? Centralmente en que elimina los límites a la jornada laboral diaria establecidos en los artículos 1° y 2° de la ley -11.544 sobre jornada de trabajo. En el primer artículo que se propone exceptuar se establece que “La duración del trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales para toda persona ocupada por cuenta ajena en explotaciones públicas o privadas, aunque no persigan fines de lucro.” El segundo artículo que se propone suprimir es el que define la jornada de trabajo nocturna y de los trabajos insalubres. “La jornada de trabajo nocturno no podrá exceder de siete horas, entendiéndose como tal la comprendida entre las veintiuna y las seis horas. Cuando el trabajo deba realizarse en lugares insalubres en los cuales la viciación del aire o su compresión, emanaciones o polvos tóxicos permanentes, pongan en peligro la salud de los obreros ocupados, la duración del trabajo no excederá de seis horas diarias o treinta y seis semanales.”
Las limitaciones a la jornada laboral ya están prácticamente derogadas en los hechos. Las empresas se valen de un encuadramiento fraudulento del turno rotativo como “régimen de trabajo por equipos” que las exime, antes que la propuesta de Tetaz, de observar las limitaciones de jornada. La primera parte del artículo 2, que limita la jornada de trabajo nocturno a 7 horas, no se cumple en ningún lado.
El proyecto Jola se define como “voluntario”, es decir, fruto de un acuerdo entre partes y se establece un periodo de prueba de 3 a 6 meses para que las partes decidan si vuelven al régimen de jornada statu quo o si adoptan definitivamente el Jola. En el carácter voluntario que se propone para el Jola, se esconde la trampa de hacer creer que existe una relación de iguales entre los dueños de los medios de producción y la clase obrera que explotan. “Si no te gusta, volvemos para atrás”
El proyecto busca simplemente derogar la jornada de 8 horas de trabajo, para reemplazarla por jornadas extendidas a la medida de la necesidad productiva del capital. Significa un retroceso de más de un siglo de conquistas de la clase obrera. El Jola no reconoce ni siquiera el límite de jornada máxima de 12 horas, un sueño para la clase capitalista, ¡volver a las 16 horas diarias del siglo XIX!
El punto central para calarle la medida al proyecto de ley es que la limitación establecida por la ley a la jornada es máxima y no impide una duración del trabajo menor de 8 horas diarias o 48 semanales. Es decir que no estamos de ninguna manera ante un proyecto modernizador de reducción de jornada, que podría hacerse sin necesidad de exceptuar al empleador de los artículos 1 y 2 de la Ley 11.544. El Proyecto Jola demuestra que los proyectos modernizadores de jornada laboral encubren en realidad la voluntad del capital de conquistar su extensión.
Un aspecto central del Jola es que la jornada laboral de los trabajos insalubres queda exceptuada del límite de 6 horas diarias y de 36 semanales. Está más que probado que exponer a los trabajadores a tareas insalubres por más de 6 horas tiene un impacto irreversible en la salud. Tetaz pasa livianamente por arriba de años de investigaciones científicas sobre el tema, para que la jornada se adecúe a la medida del capital. Significa en los hechos terminar con la protección de los trabajadores expuestos a tareas insalubres.
En la argumentación, Tetaz sugiere que una reducción de la jornada de trabajo uniforme a nivel nacional podría afectar la productividad y redundar en enormes pérdidas. En cambio, ofrece como alternativa su proyecto de flexibilización de los límites de jornada. Busca revestir a su proyecto de un carácter modernizador y beneficios para los trabajadores, cuando en realidad va todavía más a fondo que el capítulo laboral de la "ley Bases". La UCR, es preciso señalarlo, presentó un proyecto de ley espejo, con el mismo contenido que el DNU 70/2023 de Milei para que salga a través del Congreso y no como decreto.
No es menor que el Proyecto Tetaz aparezca en medio de una contrarrevolución laboral generalizada. El Jola no puede ser comprendido sino como una parte “alternativa” de la reforma laboral impulsada por el capital. La "ley Bases" deja por fuera de los derechos de la relación de dependencia a una fracción de la clase obrera, el radicalismo propone derogar la jornada de 8 horas para los que todavía tienen esos derechos. Son dos caras de una misma moneda.