De qué se trata la entrada en vigor del nuevo Código Procesal Penal de la Nación en Santa Fe

Escribe Agustín Fernández

Tiempo de lectura: 4 minutos

El pasado 6 de mayo el gobierno nacional y todo un elenco de funcionarios judiciales y políticos de la provincia de Santa Fe presentaron la implementación del Código Procesal Penal de la Nación. Cuneo Libarona, escoltado por Patricia Bullrich, dieron por largada la aplicación de un cuerpo normativo que supone importantes modificaciones al sistema que existía hasta entonces.

Sistema acusatorio-adversarial

Sucede que en el fuero federal el rol del juez en el proceso concentraba la facultad de investigar y juzgar contra todo aquel sospechoso de haber cometido un delito. A partir de ahora, estas funciones estarán escindidas en dos sujetos distintos: la acción penal (la obligación de investigar un hecho ilícito) recaerá sobre el Ministerio Público Fiscal exclusivamente. Es decir que la fiscalía es la única que puede promover este tipo de intervenciones. Por lo tanto, la tarea del juez queda disminuida a hacer un control de las distintas etapas de un juicio y, finalmente, la de dictar sentencia. Es una tendencia moderna la de quitar poderes a los jueces “distribuyéndolos” en otros actores judiciales, de alguna manera reafirmando los principios de imparcialidad (el juez debe ser neutral ante el caso que tiene que decidir) e impartialidad (que el mismo no debe ser una de las partes en el juicio). A su vez, se crean distintos colegios de jueces, cada uno con funciones distintas dependiendo de la etapa en transcurso: investigación, juicio, ejecución y revisión.

Desde esa garantía fundamental es que al sistema acusatorio se le endilga la celeridad en el trámite de las causas, ya que adoptan la oralidad como metodología. Los expedientes, por lo tanto, tienden a disminuir en su cantidad de fojas y el centro del debate se centra en la audiencia. Comparativamente, es el sistema que se adopta en el “primer mundo”, por caso el de EE. UU., donde el principio acusatorio es llevado a un extremo: el rol del juez como simple control del debido proceso desplazando la decisión judicial al jurado de ciudadanos que debe resolver.

Oportunismo político

Ahora bien, que se haya lanzado el mismo en el marco de crisis que azota a Rosario en particular, dentro de la provincia de Santa Fe, tiene una explicación política. El clima de zozobra que se extendió en toda la sociedad tiene como causa los crímenes vinculados al negocio del narcotráfico, que en marzo tuvo una cruenta suma de trabajadores asesinados en un cuadro de violencia en ascenso. Esto tuvo como correlato un nuevo desembarco de fuerzas de seguridad, en particular federales, ya que es de público conocimiento el entrelazamiento de la Policía de Santa Fe con el crimen organizado.

Al ser un proceso federal, el mismo debería estar en funcionamiento en cada dependencia radicada en cada una de las provincias, incluso Comodoro Py. Nada de esto sucede. Este Código, que fue sancionado en 2014, solo se está aplicando en las provincias de Jujuy y Salta y en términos de piloto. En el resto se siguen manejando con el “viejo sistema” inquisitivo. Los medios exclaman que lo que los distintos gobiernos desde la fecha hasta hoy no pudieron concretar, Cúneo Libarona lo hizo en menos de un mes.

Esto se explica en el atolladero en que se encuentra el Estado para darle una respuesta a la violencia narco que no ha cesado a pesar del reforzamiento represivo. Recién en diciembre del año pasado se conoció la primera condena por lavado de activos que estaban asociados al negocio narco. La justicia federal es criticada constantemente por su incompetencia, dado que siempre “llega tarde”. Más aún: este sistema acusatorio ya se encuentra vigente para delitos comunes dentro de la provincia de Santa Fe. Todos los narcotraficantes, policías implicados, entre otros, que hoy están condenados, han sido juzgados bajo otros delitos que escapan a las figuras que contiene la ley de estupefacientes. Es decir que han sido procesados por homicidios o asociación ilícita, que no son conductas que se investigan en el fuero federal.

Gran parte de las críticas han recaído en dos magistrados de los juzgados. Se trata de Bailaque y Vera Barros, que han sido denunciados ante el Consejo de la Magistratura por conductas permisivas sobre delincuentes de guante blanco. En el nuevo esquema, estos magistrados compartirán las funciones en el colegio de control de garantías; por lo tanto, intervendrán en la parte de investigación, decidiendo, por ejemplo, sobre la procedencia de prisiones preventivas o de autorizar allanamientos. "Cambiar un poco, para que no cambie nada".

La euforia del gobierno nacional debe ser contrapuesta con la cautela con la que los funcionarios judiciales tratan el asunto. No hay por el momento infraestructura para llevar adelante toda esta empresa, ni siquiera la cantidad de empleados suficientes para garantizarla. Que esto sea un “éxito” es una incógnita. Por otro lado, es patente la contradicción en toda la orientación policíaca del gobierno de Milei que en Santa Fe tiene la aprobación del gobernador Pullaro. El protocolo antipiquetes, el DNU 70/23 que impide el ejercicio del derecho a huelga y a ocupar fábricas, sumado a la nueva intentona de bajar la edad de imputabilidad a 12 años que ha lanzado Bullrich, pintan de cuerpo entero a una tentativa autoritaria contra el conjunto de la población.

A ninguno de estos los moviliza la defensa de los derechos democráticos. Que hayan presentado el sistema acusatorio, en estas condiciones políticas, expresa un alto grado de improvisación política.

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