Descuentos e injustificadas: un fallo de apoyo al derecho de huelga

Escribe Mauro Triulzi

Silencio cómplice de SUTEBA.

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El tribunal de Trabajo número 5 de La Plata resolvió parcialmente a favor una medida cautelar, presentada por las seccionales de SUTEBA de Tigre, Marcos Paz y Bahía Blanca. El fallo prohíbe consignar “falta injustificada” cuando los docentes adhieren a un paro. Al mismo tiempo posterga, hasta que haya sentencia definitiva, la resolución sobre la devolución de los descuentos a los docentes que adhirieron a los paros convocados por esas seccionales desde 2023. En resumen, tiene razón, pero vaya preso.

La política de descuentos del gobierno de Kicillof, con el aval de la conducción Celeste del SUTEBA, se transformó en una constante desde 2023. Los mismos se generan como consecuencia de la directiva que baja desde la Dirección General de Cultura y Educación. Además, la adulteración (‘falta injustificada’ en lugar de ejercicio del derecho de huelga) ha ocasionado serios problemas a la hora de tramitar la jubilación. Para jubilarnos, se toman en cuenta 36 meses de corrido de nuestra carrera, y si existiese una “falta injustificada” se invalida la posibilidad de elegir ese periodo de tiempo.

El fallo, aún con los límites señalados, reconoce la legitimidad que tienen las seccionales conducidas por la oposición a Baradel para convocar medidas de acción directas. Concretamente, se plantea que no se puede tener una visión restrictiva y limitante de un derecho constitucional como lo es el derecho a huelga, como de hecho sostienen la conducción del Sindicato y el Gobernador. En este sentido el fallo sostiene: “Por otro lado, lo aseverado por el Fisco demandado en relación a la legitimación actoral (Secretarías de seccionales del SUTEBA) debe ser rechazado en cuanto al objeto cautelar-, en tanto los derechos reclamados requieren de la mayor amplitud protectoria, siendo improcedentes las interpretaciones restrictivas para el caso de marras”.

El tribunal otorga legitimidad a los sindicatos seccionales para convocar a una huelga. La reforma laboral que busca imponer el gobierno nacional avanza en este sentido contrario a esta sentencia.

En consecuencia, Kicillof debe encuadrar como paro las faltas que desde 2023 hayan sido consignadas como “injustificadas” y abstenerse de hacerlo de aquí en más. La conducción de SUTEBA no se ha pronunciado acerca del fallo y sigue avalando el desconocimiento de derechos sindicales implementado por el gobierno peronista de la Provincia. Insiste en colocarse como oposición a los docentes que luchan, cuando sobran motivos para hacerlo como consecuencia del ajuste sobre la educación pública: retroceso salarial, vaciamiento del IOMA, sobrecarga a partir del nuevo régimen académico, crisis edilicia, violencia en las escuelas, falta de nombramientos de cargos, falta de becas para estudiantes.

Los docentes debemos tomar nota. Todo derecho conquistado se defiende con organización y lucha. Que la justicia falle parcialmente a favor de la docencia no significa que en otra instancia pueda rever el fallo. A su vez, no implica el cumplimiento por parte del gobierno de la Provincia, que puede desconocer el fallo, a la Milei, como lo hace con las conciliaciones obligatorias en otros conflictos: Ilva, Georgalos, Siderar, Cortines, KTM. Es momento de impulsar un plenario provincial de delegados con mandato que discuta y desarrolle un plan de lucha por todas nuestras reivindicaciones y garantice el cumplimiento del fallo en cuestión y la devolución de los descuentos desde 2023.

Revista EDM