Aborto legal: libertad y absolución para todas las procesadas

Escribe Vanina Rojas

Tiempo de lectura: 3 minutos

La persecución penal a causa de abortos y eventos obstétricos es la razón por la cual cientos de mujeres, a lo largo del país, afrontan causas penales o están privadas de su libertad.

Los eventos obstétricos son aquellos casos en los que se genera una complicación en un parto inesperado, o se produce un parto en condiciones paupérrimas extrahospitalarias, prematuros o neonatos sin vida, abortos espontáneos, que terminan en acusaciones penales graves para la mujer.

Según el informe “La criminalización por aborto y otros eventos obstétricos en la Argentina” realizado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Centro Universitario San Martín (CUSAM) y la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito, 1.532 mujeres afrontan causas penales por aborto y 37 por eventos obstétricos criminalizados en 17 provincias argentinas. El estudio se encargó de recopilar y analizar artículos de diferentes medios digitales y de prensa entre 2012-2020. Actualmente no existe datos oficiales por parte del Estado sobre esta problemática.

“Entre el 2012 y la actualidad registramos 73 casos de criminalización de mujeres por abortos u otros eventos obstétricos (…) “En estos 73 casos -26 de abortos y 47 eventos obstétricos- la abrumadora mayoría de mujeres pertenece a sectores sociales vulnerables: no tiene trabajo remunerado, tiene un bajo nivel de instrucción formal y vive en condiciones habitacionales precarias”, señala la investigación.

De las mujeres criminalizadas se estima que el 56% se encuentra entre los 20 y 30 años de edad. Según datos oficiales sobre el número de causas iniciadas por el delito de aborto, a nivel Nacional (2012-2020), Tucumán encabeza la lista en número de casos con 402 causas, le sigue CABA con 187, Corrientes 65, Córdoba 42 y Mendoza 34. La provincia de Buenas Aires, en la actualidad no cuenta con datos oficiales con respeto a esta situación. Pero según una investigación de la Universidad Nacional de La Plata, entre 2009-2018 se iniciaron 633 causas referidas a abortos u eventos obstétricos.

Cabe recordar el caso de Belén, una joven Tucumana que estuvo casi tres años presa a causa de un aborto espontáneo. Belén, asistió al Hospital Avellaneda de Tucumán con un aborto espontáneo en curso. En lugar de recibir la asistencia sanitaria que necesitaba, fue denunciada en una clara violación del secreto profesional y ejercicio de violencia obstétrica. Recibió tratos crueles y se dio intervención a la policía, permitiendo que la revisen agentes durante su internación. Llegó a la guardia del hospital y despertó en la cárcel acusada de “homicidio agravado por el vínculo”.

La lucha desencadenada por la libertad de Belén fue emblemática, profundizó el debate acerca de la legalización del aborto, sobre la criminalización y la situación de vulnerabilidad de miles de mujeres que sufren las consecuencias, del rol tutelar del Estado sobre nuestros cuerpos.

La organización y el frente único de lucha, la mesa por la libertad de Belén, el movimiento de mujeres en conjunto con organismos de derechos humanos y las movilizaciones en todo el país, lograron su libertad y posterior absolución.

Belén, no fue la única presa por aborto u otro evento obstétrico en los últimos años en Argentina.

A partir de la legalización de la IVE, todas aquellas mujeres con causas penales en curso por abortos practicados dentro de las 14 semanas del proceso gestacional deberán ser sobreseídas automáticamente.

La Justicia deberá actuar de oficio, es decir, los jueces y las juezas que intervienen en las causas deben aplicar la ley 27.610 (IVE) a partir del octavo día desde su publicación en el boletín oficial. No solo se deben finalizar las causas por falta de delito, sino que se tienen que liberar a aquellas que están privadas de su libertad.

Son miles las mujeres procesadas a causa de abortos o eventos obstétricos, nuestra lucha es por la libertad y absolución inmediatas para todas, no puede ser restringido al límite en que se practicó o se llevó a cabo dicho proceso.

Esta situación, se encuentra estrechamente ligada a la intención de limitar el acceso al aborto por causales, una de las concesiones del gobierno a las iglesias, que atrasa incluso el Fallo FAL y el aborto por causales, legal desde 1921. La revisión de la definición de “salud integral” de la OMS que tiene en cuenta el estado completo de bienestar físico y social de una persona es parte de las modificaciones que se agregaron al proyecto.

Queda claro que la legalización de IVE abre nuevos y no tan nuevos procesos de luchas, nos queda por delante su efectiva implementación, la eliminación de los obstáculos para su práctica como la objeción de conciencia y la eliminación de todo tipo de penalización que judicializa nuestros cuerpos.

Vamos por el sobreseimiento y libertad de todas aquellas encarceladas o criminalizadas por aborto, los derechos no deben ser sometidos al código penal, ni nuestros cuerpos a la tutela del Estado.

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