Protesta Social y Código Penal

Escribe Sergio G. Pintos (“Colita”)

Sobre el reportaje a Jorge Altamira en Bravo TV, 12/4/22.

Tiempo de lectura: 1 minuto

Hola, Jorge. ¿Cómo está?

Coincido en que el código penal nada tiene que hacer en el marco de protestas sociales.

Siempre he señalado que su aplicación en esos casos es una prueba palmaria de la utilización del poder punitivo del Estado como un instrumento de control social.

De todos modos permítame insistir en que, en el contexto de la inusitada crisis vigente, un acampe no es delito, porque quienes lo llevan adelante actúan en el marco de una causa de justificación.

Art. 34 inc 3 del CP.

En puridad ni hace falta que se dejen calles alternativas abiertas al tránsito, ya que el mal que se evita (no comer, etc.) es mayor que el que se produce (circular libremente, etc,).

Creo que el ignorante (o malintencionado) que afirme que es delito quedará totalmente "fuera de juego", si se le señala eso que, insisto, se basa en el CP, ni más, ni menos.

Disculpe pero "me salgo de la vaina" y no puedo mantenerme al margen al escuchar tantas falsedades que se dicen, como si fueran verdades incuestionables.

Un abrazo

Suscribite a Política Obrera