Por la inmediata absolución de la docente Ana Cecilia Contreras

Escribe Emiliano Fabris

Una condena contra toda la docencia para encubrir las masacres del sionismo en Medio Oriente.

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El 9 de abril, la docente Ana Cecilia Contreras fue condenada por la Justicia Contravencional de La Pampa por “maltrato psíquico a una adolescente” por hechos ocurridos durante una clase de su materia Cultura y Ciudadanía en dicha provincia. Por primera vez se ha judicializado un hecho pedagógico dentro del aula de una escuela, sentando un precedente muy grave.

Según lo declarado por la docente, en octubre del 2023 estaba llevando a cabo una clase referida a democracia y derechos humanos, siguiendo los lineamientos establecidos por el Ministerio de Educación provincial, y desde los propios alumnos surgió la inquietud sobre la situacion de Medio Oriente y en relacion a un video que circulaba por la red social TikTok. Habían pasado pocos días de la incursión de la guerrilla palestina en Israel y de los posteriores bombardeos del ejército sionista en Gaza.

Contreras señala que, ante esas preguntas, ella primero alertó sobre el tratamiento que debe darse al material que circula por las redes sociales, lo cual se comprobó como un hecho muy acertado. Las violaciones a mujeres y decapitaciones de bebés que el sionismo atribuía a Hamas se demostraron completamente falsos. Por el contrario, se conoció que el ejército sionista asesinó a civiles y militares israelíes para que no cayeran rehenes, siguiendo los lineamientos de la doctrina Hannibal. Luego, Contreras explica que abordó el conflicto desde su contexto histórico, los cambios en el territorio palestino, aludiendo a las resoluciones de Oslo entre los Estados de Israel y Palestina, señalando que el primero no reconocía al segundo como objetivamente sucede. Dice haber señalado que las réplicas del gobierno de ultraderecha de Israel se anticipaban “desmedidas”, alertando sobre la posibilidad de una limpieza étnica y sobre las guerras como un hecho trágico para la Humanidad. Sus temores, lamentablemente, no solo se comprobaron sino que fueron superados por la masacre de palestinos y la destrucción completa de Gaza en manos del sionismo. En ese debate, una alumna afirmó que “Hamas quería eliminar a todo lo judío” ante lo cual la opinion de Contreras fue afirmativa invocando documentos escritos por la organización palestina (que luego se reformularon) y que ella consideraba que podria haber al mismo tiempo un incremento del antisemitismo en el mundo.

Lo actuado por la docente Contreras es, pedagógicamente, intachable. Ante un interés de sus propios alumnos, buscó problematizar el tema introduciendo eventos históricos, proponiendo fuentes, invocando resoluciones internacionales de la ONU, otorgando un espacio para debatir, para que sus alumnos opinen y al mismo tiempo escuchen a su docente. Todo esto encuadrado en temas que la docente había planificado abordar en al menos cuatro clases, como genocidio, holocausto, terrorismos de estado, dictadura militar en Argentina, memoria y negacionismo. Contreras denuncia, con razón, que ella ejecutó una currícula propuesta por el propio Estado, quien ha abandonado a la docente por llevar a cabo sus propios lineamientos y contendidos, establecidos por ley.

Pero el juez que condenó a Contreras, Maximiliano Boga Doyhenard, cae en flagrante contradicción que afirma que no sancionó a Contreras por sus expresiones en el aula o el abordaje de temas que se encuentran en la curricula educativa oficial de la provincia, sino porque al permitir que se discuta sobre la situacion en Medio Oriente habría tenido la intención consciente de afectar psicológicamente a una de sus alumnas por su origen judío, quien vivió en Israel en su infancia. Para probar esta intencionalidad, dio por válidos los testimonios de la alumna y de tres de sus amigas en Cámara Gessel. Otra alumna de Contreras, por el contrario, brindó un testimonio en defensa de la docente. En cuanto a las consecuencias psicológicas, solo se basó en informes de la psicóloga de la alumna. En la denuncia original que recibió Contreras de parte de la familia de su alumna -originalmente por “hostigamiento”- se invocaron como episodios previos para justificar una supuesta animosidad de la docente con su alumna, el abordaje de la ESI por Contreras en años anteriores y por proyectar la película XXY que aborda cuestiones de identidad de género. Doyhenard en otro fallo había habilitado a una familia evangélica a retirar a su hijo de una escuela pública para que sea “educado en su casa”, rechazando que reciba contenidos de ESI.

Es claro, que no se trata de todas formas de determinar si la alumna se vio o no afectada desde un punto de vista psicológico, más allá de que solo existen evidencias testimoniales y parciales. A lo que se apunta es a imputar un hecho pedagógico como malintencionado. Siguiendo el razonamiento del juez, la libertad de cátedra no existe ya que debe procederse a una autocensura de parte del docente en la medida que ciertos contenidos puedan ser percibidos no con una intención pedagógica sino de “daño psíquico”. Si un alumno resulta ser familiar de un genocida condenado por crímenes de la dictadura militar argentina o quizás solo de alguien que pertenece actualmente a las fuerzas armadas o de seguridad, está ahora amparado por la justica para invocar que el abordaje de este proceso histórico en el aula podria significarle un “daño psicológico” y, más grave aún, originar una denuncia con una posible condena hacia el docente.

El despropósito es manifiesto y se pone en evidencia cuando el juez que condenó a Contreras, Maximiliano Boga Doyhenard afirma, a fin de cuentas, que Contreras “justificó a Hamas, el asesinato de civiles e infantes” y que ello operó como un comentario “psicológicamente ofensivo” hacia su alumna. En estos términos, el fallo posee una gigantesca carga ideológica y además reposa sobre falsedades completas (“muerte de infantes”). Doyhenard se amparó en el reciente procesamiento dictaminado por el juez federal Daniel Rafecas contra la diputada nacional del PO-FITU, Vanina Biasi, por el delito de “incitación a la discriminación”, a raíz de una serie de publicaciones en X donde critica al Estado de Israel y denuncia la masacre del pueblo palestino. Ambos “magistrados” desoyen lo establecido por la Corte Penal Internacional –con alcance jurisdiccional en nuestro país- que ordenó la captura de Netanyahu por crímenes de lesa humanidad en Gaza y todo el Medio Oriente.

Estamos entonces ante un fallo que constituye una severa persecución ideológica que ha escalado hacia la criminalización hacia la docencia, en defensa del sionismo y el oscurantismo clerical de parte del aparato judicial de la provincia y que sin dudas tiene el amparo politico del gobierno de Milei, promotor de perseguir a los docentes por “adoctrinamiento”. El fallo no puede leerse por fuera de las presiones del sionismo con base en Argentina para que se aplique la doctrina jurídica establecida en la declaración de la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA, según siglas en inglés) para imputar toda crítica al Estado de Israel como “antisemita”.

La condena a Contreras llega luego de un juicio que se extendió a más de un año, con graves consecuencias laborales, económicas y en la salud de Ana Contreras, quien debe abonar una multa de $913.800, fue amonestada, exhortada a no volver a incurrir en "hechos de esta naturaleza", a cumplir una orden de restricción sobre su exalumna, y a “reeducarse” tomando un curso de “convivencia escolar”. Es, como se dice, un fallo “ejemplar” y humillante. Contreras apelará el fallo. La extensión del juicio revela al mismo tiempo el silencio de parte de los sindicatos docentes y de la CTERA ante un hecho grave que transforma en punible a toda actividad pedagógica que estimule la crítica hacia las barbaries de la sociedad capitalista.

Compartimos un formulario que se ha creado para solidarizarse con Contreras y exigir su absolución. Llamamos a difundirlo y a realizar pronunciamientos en todas las escuelas. Reclamemos un paro nacional docente, seguido de una huelga general hasta la absolución de Ana Contreras y en defensa de la libertad de cátedra.

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